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UE: el 1,2% del combustible de aviación deberá proceder de hidrógeno verde de aquí a 2030

2023-10-11


De aquí a 2030, el 1,2% del combustible de aviación en la UE deberá proceder de hidrógeno verde. La proporción de combustible sintético de aviación aumentará periódicamente hasta alcanzar una participación del 35% en 2050.


Después de que los estados miembros firmaran la Directiva de Aviación ReFuelEU, el combustible de aviación sintético derivado del hidrógeno verde debe representar el 1,2% del combustible de aviación total de la UE para 2030.


La directiva de la UE tiene como objetivo reducir significativamente las emisiones de gases de efecto invernadero de las aeronaves para 2050 al exigir que los vuelos que salen de aeropuertos de la UE utilicen un número cada vez mayor de combustibles de aviación sostenibles (SAF) de base biológica y combustibles electrónicos sintéticos verdes a base de hidrógeno a partir de 2025.


La demanda de hidrógeno verde se disparará después de que los países de la UE aprobaran objetivos obligatorios para su uso en la industria y el transporte. Esto significa que a partir de 2025, los combustibles de aviación en Europa deberán incluir una mezcla bio-SAF del 2%, aumentando al 6% en 2030 y aumentando cada cinco años hasta alcanzar el 70% en 2050.


Al mismo tiempo, el 1,2 por ciento del combustible utilizado por los aviones que salgan de los aeropuertos de la UE en 2030 y 2031 debe estar elaborado a partir de queroseno sintético -que se produce combinando hidrógeno verde con dióxido de carbono capturado mediante el proceso Fischer-Tropsch-, aumentando al 2 por ciento desde 2032 a 2034 y 35 por ciento para 2050.


La cifra del 1,2% se refiere a la participación promedio para el período comprendido entre el 1 de enero de 2030 y el 31 de diciembre de 2031, con una participación mínima del 0,7% en cada uno de esos dos años en particular.


Nuevamente, la cifra del 2% representa una participación promedio durante un período de tres años, pero la participación mínima permitida es del 1,2% anual en 2032 y 2033, aunque aumentará al 2% mínimo en 2034.


La proporción de combustible sintético de aviación debe alcanzar al menos el 5% anual a partir del 1 de enero de 2035, aumentando al 10% a partir del 1 de enero de 2040, al 15% a partir del 1 de enero de 2045 y al 35% a partir del 1 de enero de 2050.


La UE espera que la demanda de combustible de aviación en los aeropuertos de la UE alcance alrededor de 46 millones de toneladas para 2030, de las cuales el 1,2 por ciento son 552.000 toneladas. Esta cantidad requeriría alrededor de 92.000 toneladas de hidrógeno verde y 460.000 toneladas de carbono capturado (o alrededor de 1,8 millones de toneladas de CO2).


Los proveedores de combustible de aviación y los operadores de aeronaves que no cumplan las normas estarán sujetos a multas de las "autoridades competentes" que aún no han sido designadas por los Estados miembros; la magnitud de las sanciones financieras se determinará en un futuro informe de la Comisión Europea que se presentará a los Estados miembros a más tardar el 1 de enero de 2027 (y posteriormente cada cuatro años).


"Para garantizar la igualdad de condiciones en el mercado interior de la aviación y cumplir los objetivos climáticos de la UE, el presente Reglamento debe imponer sanciones efectivas, proporcionadas y disuasorias a los proveedores de combustible de aviación y a los operadores de aeronaves en caso de incumplimiento." explica la directiva.


"La severidad de las sanciones debe ser proporcional al daño ambiental y al daño que las violaciones causan a la igualdad de condiciones en el mercado interno".


"Al imponer multas y otras sanciones, las autoridades deberían tener en cuenta la evolución del combustible de aviación y de los precios del combustible durante el año del informe y también pueden tener en cuenta el alcance de las infracciones, como las repetidas".


El documento también afirma que "la descarbonización gradual de la industria aeronáutica de la UE debe apoyarse mediante incentivos que reflejen los beneficios medioambientales del SAF y lo hagan más competitivo para los operadores de aeronaves".


Estos incentivos pueden financiarse, al menos en parte, mediante multas.


"El uso de los ingresos generados por las multas, o el valor financiero equivalente de estos ingresos, para apoyar la investigación y los proyectos innovadores en el campo de los SAF, la producción de SAF o mecanismos que permitan salvar la diferencia de precio entre los SAF y los combustibles de aviación convencionales contribuirán a este objetivo", afirma la directiva.


El influyente analista Michael Liebreich dijo la semana pasada que el combustible de aviónica derivado del hidrógeno verde sería de cuatro a cinco veces más caro que el combustible fósil tradicional para aviones y, por lo tanto, es poco probable que cumpla el objetivo del 1,2 por ciento para 2030.


La directiva se convertirá en ley 20 días después de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.


El Consejo Europeo también firmó hoy una Directiva separada sobre energía renovable, que incluye objetivos obligatorios para que el 42% del hidrógeno industrial sea verde para 2030 y el 1% de todos los combustibles para el transporte sean combustibles renovables de origen no biológico (es decir, hidrógeno verde o sus derivados) para 2030.




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